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Es muy común la práctica de encontrar macetas, plantas u otros elementos en las puertas de las viviendas dentro de una comunidad de vecinos. Junto al felpudo, estas piezas son consideradas como ‘parte de la decoración’ de la casa por su propietario. Sin embargo, lo que para algunos puede ser mera decoración, para otros puede ser todo un estorbo para pasar con las bolsas de la compra o los carritos de bebés, por ejemplo.
Por eso, gracias a la Ley de Propiedad Horizontal, todos estos elementos pueden ser regulados e incluso eliminados de las zonas comunes para crear un equilibrio entre todos los vecinos. De este modo, se establecen uno límites claros sobre el uso de las zonas comunes y el derecho de cada propietario a modificarlas o decorarlas con pertenencias.

Las zonas comunes como rellanos, pasillos, escaleras o portales, pertenecen a todos los vecinos, y precisamente por eso su uso está regulado. Según el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), cada propietario puede modificar su vivienda como desee, siempre que no altere la configuración general del edificio ni perjudique los derechos de otros propietarios.
El mismo texto añade que, en el resto del inmueble (es decir, en los espacios compartidos), no se puede realizar ninguna alteración sin el consentimiento de la comunidad. En otras palabras, el rellano no es una extensión de tu vivienda, por muy tentador que sea adornarlo con geranios o jazmines.

A esto se suma el artículo 9.1 de la misma ley, que obliga a todos los propietarios a “respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando causar daños o desperfectos” . Por tanto, si las macetas entorpecen el paso, sueltan agua o tierra, o representan un riesgo de caída, la comunidad tiene derecho a pedir su retirada.
La línea que separa lo permitido de lo indebido puede ser delgada, y suele depender de tres factores:
En cambio, si las plantas se colocan dentro del marco de la puerta, sin invadir el rellano ni obstaculizar el tránsito, y la comunidad no tiene objeción, normalmente no hay infracción.
Antes de iniciar una guerra en el portal, conviene optar por el diálogo. En la mayoría de los casos, una conversación amable basta para resolver el problema. Explicar con calma que el espacio es común y que las plantas pueden entorpecer el paso o ensuciar la zona suele dar resultado. Pero si la situación persiste, la vía formal sería la siguiente:
No obstante, la experiencia demuestra que pocas situaciones llegan a este punto y la mayoría de las veces se resuelven con buena voluntad y un poco de sentido común.
Imágenes | Unsplash
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La noticia
Qué puedes hacer si tu vecino ocupa la puerta del piso con plantas y macetas, según la Ley de Propiedad Horizontal
fue publicada originalmente en
Decoesfera
por
María Lancha
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Escrito por Redacción Optima
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