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Irene Gil, abogada y experta fiscal: “En la declaración de la renta hay que tributar por los ingresos que se obtienen al alquilar una vivienda, pero existen unos gastos que nos podemos deducir»

todayoctubre 10, 2025

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Irene Gil, abogada y experta fiscal: “En la declaración de la renta hay que tributar por los ingresos que se obtienen al alquilar una vivienda, pero existen unos gastos que nos podemos deducir"

El alquiler de una vivienda puede ser una excelente fuente de ingresos, pero también conlleva ciertas obligaciones fiscales que conviene conocer para evitar grandes sorpresas al presentar la declaración de la renta. 

Según explica la abogada Irene Gil (@tuexpertafiscal), los propietarios deben declarar los ingresos obtenidos por el alquiler, aunque la ley también permite deducir una serie de gastos asociados al mantenimiento y gestión del inmueble. Con una correcta planificación, esto puede traducirse en un ahorro fiscal significativo.

Qué gastos se pueden deducir

Entre los conceptos que pueden restarse de los ingresos obtenidos por el alquiler, Irene Gil destaca varios de los más relevantes. Puntos a tener en cuenta si quieres ahorrarte un buen gastos fiscal al año que viene.

  • En primer lugar, se incluyen los intereses de la hipoteca asociada a la compra de la vivienda, así como los impuestos y tasas municipales —como el IBI o la tasa de basuras—. 
  • También son deducibles los gastos de reparación y conservación, por ejemplo, si ha sido necesario pintar, sustituir una caldera o reparar una instalación eléctrica.
  • Las cuotas de comunidad del edificio y los sueldos de terceros, como el portero o el personal de mantenimiento, también pueden deducirse. A ello se suman los honorarios profesionales derivados de la formalización del contrato de arrendamiento —por ejemplo, si el propietario ha tenido que recurrir a un abogado o gestor—.
  • Otro punto importante es el coste de las plataformas digitales que cobran comisiones por alquilar, como Booking o Airbnb, así como las primas de seguros contratados para proteger la vivienda, ya sean de incendios, impagos o robos. 
  • Finalmente, la ley permite deducir la amortización tanto del inmueble como de los muebles cedidos junto a la vivienda, un aspecto que muchos arrendadores desconocen.

Una reducción del 50% si el inquilino vive allí habitualmente

Más allá de las deducciones, existe un beneficio fiscal especialmente relevante, si el inmueble se alquila a una persona que lo destina a su vivienda habitual, el propietario puede aplicar una reducción del 50% sobre el rendimiento neto obtenido, es decir, sobre la cantidad que resulta después de restar todos los gastos deducibles.

Esta medida supone un ahorro importante en el impuesto final a pagar y busca incentivar el alquiler residencial frente al turístico o temporal. “Es una ventaja que muchos propietarios desconocen y que puede marcar una gran diferencia en su declaración”, apunta Irene Gil.

Planificar para ahorrar

@tuexpertafiscal

Gastos deducibles si alquilas una vivienda ⚠️ Muy importante la reducción del 50% sobre el rendimiento neto si alquilas a una persona que destina el inmueble a vivienda ✅ #declaracionderenta #impuestos #tax #alquiler #vivienda #casa #irpf #españa

♬ sonido original – Tuexpertafiscal_

La clave para aprovechar todas estas ventajas fiscales está en llevar un registro detallado de los gastos y conservar las facturas o justificantes de cada uno de ellos. De esta forma, al preparar la declaración de la renta, se podrá demostrar ante Hacienda que los costes están directamente vinculados con la actividad de alquiler.

Además, contar con el asesoramiento de un profesional especializado ayuda a evitar errores y optimizar la tributación. En un contexto en el que cada vez más personas optan por rentabilizar sus inmuebles, conocer la normativa y aplicarla correctamente puede marcar la diferencia entre pagar de más o ahorrar de forma legal y transparente.

Imagen de portada | Vía @tuexpertafiscal_

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La noticia

Irene Gil, abogada y experta fiscal: “En la declaración de la renta hay que tributar por los ingresos que se obtienen al alquilar una vivienda, pero existen unos gastos que nos podemos deducir»

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Decoesfera

por
María Lancha

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Escrito por Redacción Optima

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